La mediación ya no es solo una opción. Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, se convierte en un paso obligatorio en muchas reclamaciones de deuda. ¿Qué significa esto? Que antes de acudir a los tribunales, será necesario intentar un acuerdo extrajudicial.
El objetivo de la ley es claro: evitar juicios innecesarios y agilizar la justicia. Pero, en la práctica, ¿facilitará la recuperación de impagos o la complicará aún más? Vamos a verlo.
¿Qué es la mediación y cómo afecta a la recuperación de deuda?
La mediación es un proceso en el que un mediador extrajudicial ayuda a dos partes a negociar un acuerdo sin pasar por un juez. Se basa en la idea de que es mejor alcanzar un compromiso que enfrentarse en un juicio largo y costoso.
Antes, este método era opcional. Ahora, con la nueva ley, en muchas reclamaciones será obligatorio intentarlo antes de presentar una demanda.
Comparativa: ¿cómo cambia la recuperación de deuda con esta ley?
Antes de la Ley |
Con la nueva Ley |
La mediación era voluntaria. | Ahora es obligatoria en reclamaciones civiles y mercantiles. |
No hacía falta justificar la negociación. | Hay que acreditar que se intentó un acuerdo. |
Se podía demandar directamente. | Sin mediación previa, la demanda puede ser rechazada. |
Los acuerdos dependían de la voluntad de las partes. | Se fomenta la negociación como paso previo al litigio. |
Beneficios de la mediación a la hora de cobrar deudas
El objetivo de la ley es que las ventajas de la mediación se impongan sobre los engorros. Si esto sucede, podremos encontrar ventajas para los acreedores como las siguientes:
Más rapidez:
Un juicio puede tardar años en resolverse. La mediación, en cambio, permite cerrar acuerdos en semanas. Si el deudor tiene intención de pagar, este camino es mucho más ágil.
Menos costes:
Ir a juicio implica abogados, tasas y procuradores. Con un acuerdo de pago, se ahorran muchos gastos.
Más control sobre el resultado:
En un juicio, la decisión la toma el juez. En la mediación, las partes pueden negociar pagos fraccionados, descuentos o condiciones flexibles. Es una oportunidad para recuperar más dinero, antes de que el deudor desaparezca o se declare insolvente.
Prevención de impagos futuros:
No todos los morosos lo son por mala fe. En muchos casos, un acuerdo negociado permite mantener la relación comercial y evitar impagos futuros.
¿Cómo afecta a empresas y acreedores?
Aquí viene lo importante. Para demandar, ahora hay que demostrar que se ha intentado negociar. Esto se hace con documentos como:
-Un acta de mediación firmada por un mediador.
-Certificados de instituciones especializadas.
-Correos electrónicos o burofaxes que acrediten la negociación.
Si no se presenta esta prueba, el juez puede rechazar la demanda. Así que más vale hacer las cosas bien.
¿Será más difícil recuperar deudas a partir de ahora?
Esta es la gran pregunta. Si los tribunales exigen requisitos muy estrictos para acreditar la mediación, las reclamaciones podrían volverse más lentas y costosas.
Pero no es el único problema. ¿Cómo reaccionarán los bancos y prestamistas? Con esta nueva exigencia, y sumando la Ley de Segunda Oportunidad (que permite condonar deudas en ciertos casos), es posible que los criterios de concesión de crédito se endurezcan.
Si la recuperación de impagos se complica, las empresas pueden empezar a prestar con más precaución. Y esto afectará sobre todo a autónomos y pequeñas empresas, que dependen del crédito comercial para operar.
Un motivo más para contar con especialistas
Con este panorama, recuperar deudas será más difícil sin un buen asesoramiento. Aquí es donde entran en juego los expertos en recuperación de impagos.
Las empresas que delegan esta gestión en abogados especializados no solo tienen más posibilidades de cobrar, sino que también se ahorran los trámites que ahora exige la ley. Porque un buen equipo jurídico no solo recupera la deuda, sino que lo hace sin que el acreedor tenga que preocuparse por la burocracia.