La nueva Directiva Europea sobre créditos dudosos NPL

La evolución del sector financiero durante las dos últimas décadas, con una gran crisis y una pandemia, ha supuesto desafíos críticos. La gestión de los Non Performing Loans, créditos con un alto riesgo de impago, es uno de ellos. La Directiva Europea 2021/2167 surge como respuesta a esta necesidad, marcando un hito en la regulación de la cesión de créditos dudosos y la gestión de entidades especializadas.

1. Los NPL en la UE: la necesidad de regulación

Los créditos clasificados como de alta probabilidad de impago, NPL, representan un riesgo importante para las entidades de crédito. Afectan negativamente la calidad de sus activos y, por ende, su capacidad para otorgar nuevos préstamos. La acumulación de préstamos no productivos puede debilitar la solidez financiera de los bancos, impactando la confianza del mercado y obstaculizando la recuperación económica.

En el año 2016, la Unión Europea detectó un problema financiero significativo con la proliferación de préstamos dudosos, conocidos como NPL (Non-Performing Loans). Estos NPL representaban un billón de euros en deudas incobrables en poder de las entidades de crédito. Esta situación comprometía la estabilidad del sistema financiero europeo, afectando los balances de las instituciones y generando preocupaciones sobre la capacidad de recuperación del sector.

La crisis económica desencadenada por la pandemia de la COVID-19 en 2020 agravó aún más la situación. Abordar la gestión de activos problemáticos se convirtió en una urgencia para preservar la integridad del sistema financiero europeo.

2. La Directiva 2021/2167

Ante este panorama, la Comisión Europea reconoció la necesidad crítica de establecer un marco regulatorio que abordara de manera integral la gestión de los préstamos dudosos. La propuesta de la Directiva 2021/2167 surgió en 2018 con el

objetivo de ofrecer soluciones eficaces y coherentes a nivel europeo, promoviendo la estabilidad financiera y mitigando los riesgos asociados con los NPL.

Esta legislación busca no solo gestionar los desafíos presentes, sino también establecer un marco resiliente para prevenir futuras crisis relacionadas con la deuda incobrable en la Unión Europea.

3. ¿Qué implica la Directiva 2021/2167?

La Directiva 2021/2167 introduce medidas clave para los administradores de créditos.

1. La autorización administrativa, requisito fundamental, implica una evaluación exhaustiva de la honorabilidad de los responsables, su dominio de conocimientos y experiencia. Este proceso busca garantizar la idoneidad y responsabilidad de quienes manejan créditos dudosos, promoviendo prácticas éticas y profesionales.

2. En cuanto a la cesión de créditos dudosos, la normativa establece un marco para facilitar la transferencia eficiente y transparente de estos activos entre entidades financieras y compradores de créditos.

3. La creación de un mercado secundario para créditos dudosos tiene como objetivo aliviar la presión sobre los balances de las entidades de crédito, impulsando la liquidez y permitiendo una gestión más eficaz de los activos problemáticos.

4. La protección del consumidor es una prioridad central. La directiva aborda este aspecto al clarificar que la cesión de derechos no debe disminuir el nivel de protección otorgado por la Unión Europea a los consumidores.

5. La directiva busca homogeneizar prácticas y requisitos entre los Estados miembros. Esto simplifica y agiliza los procesos para los administradores y compradores de créditos, promoviendo la eficiencia y transparencia en la gestión de activos financieros a nivel paneuropeo.

4. Consecuencias para el sector de la recuperación de deuda en España.

Al especificar que la cesión de derechos no debe comprometer la protección otorgada por la Unión Europea a los consumidores, la directiva establece un marco ético para la gestión de créditos dudosos. Esto garantiza que las prácticas de recuperación de deuda sean transparentes, justas y respetuosas con los derechos de los prestatarios, elevando así los estándares éticos en el sector de recuperación de deuda.

Por otra parte, existen necesidades adicionales en el sector de recuperación de deuda que no se incluyen en esta Directiva. Pero podrían abordarse a la hora de su transposición a la legislación española.

En términos generales, la transposición de la directiva podría considerar la expansión de su ámbito de aplicación para abordar la gestión de deuda proveniente de sectores no financieros, proporcionando un marco regulatorio más completo y adaptable.

La participación activa de actores del sector, como ANGECO, en el proceso de transposición sería esencial para garantizar una regulación efectiva y equitativa, alineada con las necesidades prácticas del mercado de recuperación de deuda en España.

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