Guía completa: Cómo solicitar la devolución del IVA paso a paso

Las facturas impagadas son un problema común que afecta la liquidez de muchas empresas, que deben declarar el IVA de las facturas emitidas, aunque no hayan recibido el pago. Sin embargo, en España es posible solicitar la devolución del IVA de facturas no cobradas, lo que ayuda a aliviar la carga fiscal de las empresas. Este proceso requiere cumplir varios requisitos, como emitir una factura rectificativa, notificar al deudor y presentar la documentación ante la Agencia Tributaria.

Devolución del IVA en facturas impagadas. ¿Cómo se solicita?

Las facturas impagadas son una situación común que puede afectar la liquidez de cualquier negocio. Sin embargo, como sabes, a pesar de no haber recibido el pago, las empresas deben liquidar el IVA correspondiente a la factura emitida ante la Agencia Tributaria. La legislación española permite a las empresas solicitar la devolución del IVA de aquellas facturas que no han sido cobradas, aunque el proceso resulta algo engorroso. En este artículo te explicamos los trámites paso a paso, para que entiendas a qué te enfrentas. Y nos ofrecemos a hacerlos por ti cómodamente, si quieres delegar en un despacho de abogados con experiencia.

 

¿Qué es la devolución del IVA de facturas impagadas?

La devolución del IVA de facturas impagadas permite a las empresas recuperar el importe del IVA repercutido en operaciones comerciales que no han sido abonadas por el cliente. Este procedimiento alivia la carga fiscal de las empresas, evitando que asuman un IVA por ventas o servicios que no han generado un ingreso efectivo. Entender cómo solicitar la devolución del IVA en España puede marcar la diferencia en la gestión financiera de una empresa.

 

Requisitos para solicitar la devolución del IVA

La normativa vigente establece una serie de requisitos que las empresas deben cumplir antes de iniciar el proceso de solicitud de la devolución del IVA. Entre ellos se encuentran:

  1. Impago comprobado. La solicitud solo es posible si la factura ha sido impagada en su totalidad o parcialmente.
  2. Plazo de espera. Para las pymes, debe haber transcurrido un mínimo de 6 meses desde la fecha de la factura; para grandes empresas, el plazo se extiende a 1 año. Estos plazos permiten verificar que se trata de un impago definitivo.
  3. Reclamación judicial o notarial. Se debe acreditar que se ha iniciado un procedimiento para reclamar la deuda, lo que demuestra que la empresa ha hecho un esfuerzo razonable para recuperar el importe adeudado.
  4. Comunicación a la Agencia Tributaria. El inicio de la reclamación debe ser comunicado a la Agencia Tributaria en el plazo establecido.

 

Pasos para solicitar la devolución del IVA de facturas impagadas

Paso 1. Emitir una factura rectificativa

El primer paso para recuperar el IVA de una factura impagada es emitir una factura rectificativa, que anule el IVA repercutido inicialmente. La factura rectificativa debe reflejar la reducción de la base imponible correspondiente a la parte impagada y debe emitirse dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento del plazo de 6 meses o 1 año, según el tamaño de la empresa.

Paso 2. Notificar al cliente deudor

Es necesario comunicar al cliente deudor la emisión de la factura rectificativa. La notificación debe realizarse por un medio que permita dejar constancia de su recepción, como el burofax con acuse de recibo o un correo certificado. Este paso es fundamental para demostrar que se ha informado al deudor de la modificación de la factura.

Paso 3. Iniciar una reclamación.

Como decíamos, es indispensable que el acreedor haya instado su cobro mediante reclamación judicial, requerimiento notarial o por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro al deudor. En las operaciones que tengan por destinatarios a Entes públicos, la reclamación judicial o el requerimiento notarial se sustituirán por una certificación expedida por el órgano competente.

Paso 4. Presentar la solicitud de modificación de la base imponible

Con la documentación de la factura rectificativa y la reclamación del impago, se debe presentar ante la Agencia Tributaria la solicitud de modificación de la base imponible. Esto se realiza a través del modelo específico de la Agencia Tributaria y permitirá ajustar la liquidación del IVA, deduciendo el importe correspondiente a las facturas impagadas.

 

Plazos y documentación necesaria para solicitar la devolución del IVA

Para presentar la solicitud de devolución del IVA se deben cumplir los siguientes plazos:

  1. La factura rectificativa debe emitirse dentro de los 3 meses siguientes al plazo de 6 meses o 1 año desde la operación.
  2. La solicitud de modificación de la base imponible debe incluir la factura rectificativa, la prueba de la reclamación de la deuda y una copia de la notificación enviada al cliente.
  3. Además, se recomienda guardar toda la documentación durante al menos 4 años, ya que la Agencia Tributaria puede solicitarla en caso de una inspección.

 

¿Qué sucede si el cliente paga después de solicitar la devolución?

Si el cliente finalmente paga la factura tras haber solicitado la devolución del IVA, la empresa deberá regularizar la situación en el próximo periodo de liquidación de IVA.

 

Esto implica emitir una nueva factura por el importe recuperado y declarar el IVA correspondiente, ajustando la contabilidad de forma adecuada. Es importante llevar un control exhaustivo para evitar problemas con la Agencia Tributaria y posibles sanciones.

 

Consejos para gestionar mejor las facturas impagadas y el IVA:

  1. Mantener un seguimiento regular de la facturación y los cobros para identificar impagos rápidamente y actuar en consecuencia.
  2. Asesorarse con un profesional especializado, como Libroley, que pueda guiar a la empresa a lo largo del proceso de reclamación y devolución del IVA.
  3. Optimizar la gestión de créditos y cobros, implementando medidas como descuentos por pronto pago o estableciendo garantías de pago para reducir el riesgo de impago.

 

¿Qué pasa si el deudor se declara en concurso de acreedores? 

Las empresas que poseen facturas pendientes de cobro de un cliente que se ha declarado en concurso de acreedores pueden recuperar el IVA al modificar la base imponible de las mismas.

No obstante, si antes de que transcurran los plazos, anteriormente indicados, su cliente es declarado en concurso de acreedores, deberá anticipar los trámites de recuperación del IVA, poniendo especial cuidado para que no se le pase el plazo para realizarlos.

En este caso:

-Deberá emitir la factura rectificativa en el plazo de tres meses desde la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso y enviarla al cliente (remitiendo también una copia al administrador concursal). Remita la factura rectificativa y la copia por burofax, de forma que quede constancia del envío.

-Dispondrá de un mes más desde la emisión de la factura rectificativa para comunicar a Hacienda, mediante el formulario específico que aparece en su sede electrónica, que ha efectuado dicha rectificación.

En todo caso, recuerde que no podrá rectificar las facturas por operaciones cuyo pago esté cubierto por seguros de crédito o afianzado por entidades de crédito ni que disfruten de garantía real (en todos los casos, por la parte que esté cubierta, afianzada o garantizada). Asimismo, tampoco podrá rectificar el IVA derivado de operaciones efectuadas con personas o entidades vinculadas.

 

¿Cómo podemos ayudarte desde Libroley?

Como ves, el proceso es sinuoso y laborioso, y está sometido a muchas exigencias y normas, por lo que se corre el peligro de desistir. Delegar la gestión de la devolución del IVA de facturas impagadas en Libroley es una decisión inteligente.

Nuestro equipo especializado en el área tributaria se encargará de tramitar ante la Agencia Tributaria la reclamación correspondiente, asegurándonos de que cumples con todos los requisitos legales y que el proceso se realice de la manera más rápida y eficiente posible.

Con Libroley, evitarás los errores comunes que pueden surgir en la preparación de la documentación y en la solicitud de la devolución del IVA. Nos ocupamos de cada paso, desde la emisión de la factura rectificativa hasta la presentación de la reclamación judicial o notarial, siempre adaptándonos a las necesidades específicas de tu empresa.

Además, al contar con un asesoramiento profesional, tendrás la tranquilidad de saber que todo el procedimiento se realiza de acuerdo con la normativa vigente, lo que minimiza el riesgo de posibles sanciones o rechazos por parte de Hacienda.

Contacta con nosotros para más información sobre este u otros servicios y tarifas.

Estamos aquí para resolver todas tus dudas y ofrecerte una solución adaptada a las necesidades de tu empresa, permitiéndote centrarte en el crecimiento de tu negocio mientras nosotros nos encargamos de gestionar tus trámites de manera profesional y eficaz.

Autor:

David Segovia.

Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, especializado en Derecho Concursal, Bancario y mediación. Ha liderado equipos de más de 30 personas en la asesoría jurídica externa de las principales entidades bancarias del país, tanto a nivel nacional como internacional. Su experiencia incluye la elaboración de informes jurídicos, análisis de poderes notariales (bastanteos), gestión de testamentarías y resolución de consultas jurídicas.

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