¿Qué jubilados tienen derecho al complemento de paternidad?
Lo sabemos, es extraño hablar de jubilación y paternidad al mismo tiempo. La jubilación suele ir asociada a los nietos. Sin embargo, el concepto procede. El complemento de paternidad es una prestación destinada a mejorar la cuantía de las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Aunque en su origen estaba reservado exclusivamente a las mujeres bajo la denominación de complemento de maternidad, diversas sentencias judiciales han reconocido que también los hombres pueden reclamarlo, en igualdad de condiciones, si cumplen ciertos requisitos. Aquí te lo explicamos.
¿Qué es el complemento de paternidad y cómo se originó?
La idea es la siguiente: una mujer que haya sido madre habrá encontrado más dificultades en su carrera profesional que una que no lo haya sido; por tanto, se entiende que la segunda habrá podido cotizar más que la primera. Al mismo tiempo, con la crianza de sus hijos una mujer que haya sido madre ha contribuido a la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, pues son los jóvenes los que cotizan para que se puedan seguir pagando las pensiones de los jubilados.
Con este argumento, se detectaba una injusticia que intentó resolverse con el llamado complemento de maternidad, vigente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Este añadido a la pensión contributiva estaba dirigido a mujeres con dos o más hijos, reconociendo su contribución demográfica al sistema de pensiones.
Hace tres años, el complemento de maternidad fue declarado discriminatorio al excluir a los hombres de forma generalizada. Desde entonces, los hombres que cumplan los requisitos establecidos para las mujeres pueden reclamar el complemento de forma retroactiva, siempre que su pensión haya comenzado en ese intervalo de tiempo.
Requisitos para acceder al complemento de paternidad
Los requisitos para que los jubilados varones puedan solicitar este complemento son los siguientes:
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Tipo de pensión:
El complemento solo es aplicable a pensiones contributivas de:
-Jubilación ordinaria (no anticipada voluntaria).
-Incapacidad permanente.
-Viudedad.
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Fecha de inicio de la pensión:
La pensión debe haberse reconocido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, periodo en el que estuvo vigente el complemento de maternidad.
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Número mínimo de hijos:
Es necesario tener al menos dos hijos, ya sean biológicos o adoptados.
No se exige justificar periodos de inactividad por el cuidado de los hijos (como ocurre con el complemento para la reducción de la brecha de género), sí se debe acreditar que se cumplen los puntos anteriores.
Compatibilidad del complemento con otras situaciones
Jubilación anticipada voluntaria:
El complemento de paternidad no es compatible con este tipo de jubilación.
Complemento para la reducción de la brecha de género:
Los hombres jubilados que no cumplan los requisitos para el complemento de paternidad (por ejemplo, por tener solo un hijo o haber causado la pensión después de 2021) pueden optar al complemento de reducción de la brecha de género. Este está disponible desde el 4 de febrero de 2021 y se otorga bajo condiciones diferentes.
Cuantía del complemento de paternidad
El complemento incrementa la cuantía mensual de la pensión en función del número de hijos, de acuerdo con los siguientes porcentajes:
5% adicional si se tienen dos hijos.
10% adicional con tres hijos.
15% adicional si son cuatro o más.
Estos porcentajes se aplican sobre la cuantía final de la pensión, no sobre la base reguladora. Además, si la reclamación se realiza con éxito, se puede recibir el abono de los atrasos correspondientes desde la fecha de inicio de la pensión.
Por ejemplo:
Un padre con derecho a un complemento de 50 € al mes y atrasos por 24 meses recibiría un pago único de 1.200 € (50 € x 24 meses).
Cómo solicitar el complemento de paternidad
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Documentación necesaria:
-Solicitud redactada (no existe modelo oficial).
-DNI del solicitante y del otro progenitor.
-Libro de familia.
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Vías de presentación:
Presencial: Acudiendo a un Centro de Atención e Información (CAISS) del INSS con cita previa.
Online: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en la sección de presentación de otros escritos.
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Posibles respuestas del INSS:
Aprobación: Reconocimiento del complemento y abono de los atrasos.
Denegación: En este caso, se puede interponer una reclamación judicial para exigirlo. Desde 2024, el INSS ha modificado sus criterios para facilitar la aprobación sin necesidad de acudir a los tribunales.
El complemento de paternidad es un derecho que busca reconocer la contribución de los hombres que han cuidado y criado hijos al sistema de la Seguridad Social. Aunque requiere cumplir requisitos específicos, puede suponer un aumento significativo en la pensión, además de un posible abono retroactivo por los atrasos.
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