Deudas con la Seguridad Social: Guía para resolver tu situación

Si tienes una deuda con la Seguridad Social, es clave identificar su tipo y conocer las opciones para regularizarla. Las deudas pueden incluir cotizaciones impagadas, recargos, sanciones o devoluciones indebidas. Para consultar tu situación, puedes acceder a Import@ss, la Sede Electrónica o la app móvil de la Seguridad Social. El pago se puede realizar con tarjeta, transferencia o en entidades colaboradoras, e incluso solicitar un aplazamiento si no puedes afrontarlo de inmediato. No pagar puede generar recargos, intereses, embargos e incluso impedir el acceso a prestaciones y bonificaciones.

¿Te has encontrado alguna vez con una deuda con la Seguridad Social y no sabes por dónde empezar para solucionarla? No te preocupes, no estás solo.

Muchos autónomos y empresarios han pasado por esta situación y, aunque puede parecer un laberinto, con la información adecuada y los pasos correctos, es posible regularizar tu situación sin perder la calma.

 

¿Qué tipos de deudas puedes tener con la Seguridad Social?

Antes de entrar en materia, es fundamental entender qué tipos de deudas puedes contraer con la Seguridad Social. Las más comunes son:

Cotizaciones impagadas:

Son las deudas resultantes de no haber abonado las cotizaciones sociales correspondientes a trabajadores por cuenta ajena o propias de los autónomos.

Recargos e intereses:

Importes adicionales aplicados por el retraso en el pago de las cotizaciones.

Devoluciones indebidas:

Cantidades que deben ser reintegradas cuando se han recibido prestaciones o beneficios a los que no se tenía derecho.

Multas y sanciones:

Penalizaciones económicas impuestas por incumplimientos de la normativa de la Seguridad Social.

Obligaciones derivadas de convenios especiales:

Deudas relacionadas con convenios suscritos para mejorar prestaciones de jubilación o incapacidad.

Responsabilidades solidarias:

Deudas que pueden surgir cuando una empresa no paga sus cotizaciones y otros sujetos son responsables solidarios, como en casos de subcontratación.

Conocer el tipo de deuda es esencial para abordar su resolución de manera efectiva.

 

¿Cómo consultar si tienes deudas con la Seguridad Social?

El primer paso para solucionar cualquier deuda es saber si realmente la tienes. La Seguridad Social pone a disposición de los ciudadanos varias herramientas para consultar su estado:

  1. Acceso a través de Import@ss. Import@ss es el portal online de la Seguridad Social en España, diseñado para facilitar la consulta y gestión de trámites relacionados con cotizaciones, prestaciones y otros servicios. Aquí puedes consultar tus deudas pendientes. Necesitarás registrarte y verificar tu identidad mediante un método seguro, como un certificado digital o Cl@ve PIN.
  2. Sede Electrónica de la Seguridad Social. Inicia sesión con tu certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico y dirígete a la sección “Recaudación” del apartado “Empresas”. Allí podrás revisar el estado de tus deudas, incluyendo detalles sobre cotizaciones pendientes, recargos e intereses.
  3. App móvil de la Seguridad Social. Recientemente, la Tesorería General de la Seguridad Social ha lanzado una aplicación móvil gratuita que permite a los ciudadanos realizar diversos trámites, consultar documentos y obtener informes, como el Informe de Vida Laboral. Esta app facilita el acceso a datos personales y la gestión de trámites relacionados con la Seguridad Social.

 

Estas herramientas tienen como objetivo ayudarte a entender tu situación y tomar decisiones informadas sobre los pasos a seguir.

 

¿Cómo pagar tus deudas con la Seguridad Social?

Una vez identificada la deuda, es momento de ponerse manos a la obra y regularizarla. La Seguridad Social ofrece varias opciones para facilitar el pago:

Pago con tarjeta. Puedes realizar el pago de tus deudas utilizando tarjetas de débito o crédito a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Este método es rápido y cómodo, permitiéndote regularizar tu situación de manera eficiente.

Transferencia bancaria. Otra opción es realizar una transferencia desde tu banco a las cuentas de la Tesorería General de la Seguridad Social. Asegúrate de incluir correctamente el concepto del ingreso y, si aplica a varios conceptos, añade el código de cuenta del sujeto responsable del pago.

Pago en entidades colaboradoras. También puedes acudir a bancos, cajas de ahorro u otras entidades financieras autorizadas para realizar el pago en ventanilla.

Es importante destacar que, si no puedes afrontar el pago completo de la deuda en un solo abono, la Seguridad Social permite solicitar un aplazamiento en el pago de deudas. Este trámite se puede realizar a través de la Sede Electrónica y te permitirá fraccionar el pago en cuotas más manejables.

 

¿Qué ocurre si no pagas tus deudas con la Seguridad Social?

Ignorar una deuda con la Seguridad Social no es una opción recomendable. Las consecuencias pueden ser significativas y afectar tanto a tu patrimonio como a tu actividad profesional:

 

Recargos y multas: Si no pagas tus cotizaciones dentro del plazo establecido, se te aplicarán recargos que pueden variar según el tiempo de atraso. Por ejemplo, si pagas durante el mes siguiente al vencimiento, el recargo es del 10%. Si el retraso es de más de dos meses, el recargo aumenta al 20%.

Intereses de demora: Además de los recargos, la deuda acumulada genera intereses de demora que incrementan el monto total a pagar.

Embargos: Si el impago persiste, la Seguridad Social puede iniciar procedimientos de embargo, afectando cuentas bancarias, propiedades o incluso ingresos futuros.

Inclusión en el Registro de Deudores: No pagar las deudas con la Seguridad Social puede llevar a tu inclusión en el Registro de Deudores de la Seguridad Social (REDEME), lo que puede afectar tu capacidad para obtener créditos o realizar otros trámites administrativos.

 

Además, es importante recordar que las deudas con la Seguridad Social pueden afectar tu acceso a prestaciones, como la jubilación, o el acceso a bonificaciones e incentivos para tu empresa. Si llegas al momento de la jubilación con cuotas pendientes, no podrás acceder a la pensión hasta que liquides las deudas o solicites un aplazamiento.

Si tienes dudas, en Libroley disponemos de especialistas que pueden aclarártelas.

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